Problemas para introducir el retraso en el pago del IVA hasta que se cobre la factura
Sin embargo, según ha publicado El Economista, parece que va a quedarse en una mera declaración de intenciones que no podrá ponerse en práctica a corto plazo, ante las dificultades operativas para su puesta en marcha.
La aplicación del criterio de caja implicaría que los sujetos pasivos de IVA declararían el IVA devengado y el soportado sólo de aquellas facturas cobradas y pagadas. Eso haría necesario un mecanismo de control de cobros y pagos, algo que en los autónomos hasta ahora no es obligatorio, y comunicarlos a Hacienda. Además las Haciendas y la Agencia Tributaria deberían de implementar dicho mecanismo de control en su sistema.
Hay que tener en cuenta, además, que la posible puesta en marcha de esta medida sería con carácter excepcional, sólo para determinadas empresas y para casos muy concretos. Además sería necesaria la autorización de la UE para llevarla a cabo.
La UE permite, a través de una Directiva comunitaria del año 2010, acogerse a esta una norma excepcional para el Impuesto sobre el Valor Añadido. El Gobierno deberá solicitarlo y Bruselas tendrá que homogeneizarla con las solicitudes de otros estados miembros, por lo que no podrá llevarse a cabo a corto plazo.
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